Notificación de puesta en el mercado de complementos alimenticios

En Aconsa acompañamos a los responsables de las empresas fabricantes o comercializadoras de complementos alimenticios en todos los trámites regulatorios que aplican a su puesta en el mercado, incluyendo, si es necesario, la inscripción previa en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA), la obtención del Código Nacional de Parafarmacia u otras gestiones que dependen de cada caso.

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Un mercado altamente competitivo e innovador donde los errores salen caros

La puesta en el mercado de complementos alimenticios como los suplementos deportivos, probióticos, multivitamínicos, suplementos de hierro o de calcio, etc., requiere asegurarse de que cumplen con los requisitos para ser aprobados por las autoridades competentes. Algunos responsables de la comercialización de complementos alimenticios ven en esto un mero trámite comunicativo. Sin embargo, notificar esta actividad no implica la aprobación por parte de la administración: aunque el operador puede empezar a comercializar estos productos, puede ser requerido por cualquier irregularidad inherente en el producto o por deficiencias en su etiquetado, que pueden incluso suponer su retirada provisional del mercado para su subsanación, algo que dará ventaja a los competidores, pudiendo suponer consecuencias económicas y de imagen.

Puesta mercado complementos alimenticios

Somos el socio más solvente en la puesta en el mercado de complementos alimenticios

En Aconsa partimos de la base de que no existe mejor asesoría en un procedimiento que depende en gran medida de una correcta información sobre de un producto que un laboratorio que lleva a cabo análisis de composición de productos, tiene un extenso conocimiento de la normativa en la materia y tiene una amplia experiencia en el acompañamiento de empresas en la puesta en el mercado de sus productos alimenticios, incluyendo los complementos alimenticios.

¿De qué consta el proceso?

Servicios de asesoría asociados a la notificación de puesta en el mercado de complementos alimenticios

  • Orientación general sobre trámites necesarios y la administración competente en cada caso
  • Evaluación regulatoria de fórmula para el cumplimiento de la normativa
  • Evaluación y traducción de textos legales de etiquetado
  • Notificaciones de puesta en el mercado en diferentes países de la UE
  • Solicitud de Código Nacional de Parafarmacia

Complementos nutricionales

¿A quién va dirigido este servicio?

La notificación de puesta en el mercado de complementos alimenticios y otros trámites relacionados deben llevarla a cabo laboratorios, empresas fabricantes, importadores o distribuidores de complementos alimenticios y según el caso, de otros artículos de parafarmacia, como cosméticos y productos de cuidado personal, alimentación infantil y artículos de puericultura, alimentos de uso médico especial, etc. En definitiva:

Empresas de la UE sin domicilio en España que quieren comercializar en España, que deben responder ante la AESAN.

Empresas de España que quieren comercializar en España productos importados, que deben responder ante la AESAN.

Empresas de España que quieren exportar productos fabricados en España dentro de la UE, que deben responder ante la comunidad autónoma donde tengan el domicilio social.

¿Necesitas apoyo en materia de comercialización de complementos alimenticios?

En nuestro laboratorio asesoramos y tramitamos toda la documentación necesaria ante las autoridades competentes.

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